Cuando se analizan los factores que deterioran nuestra competitividad, el impuesto a los Ingresos Brutos de las jurisdicciones provinciales ocupa principal atención. Esto se observa con claridad en muchos balances, especialmente de empresas comerciales y de servicios, dado que muchas veces el total imputado de IIBB representa un porcentaje mayor que lo que la unidad económica tributa por Impuesto a las Ganancias. Esta situación se puede ver como de “dos socios no buscados” que tiene el empresario: el Estado nacional en el Impuesto a las Ganancias, y el Estado provincial, en el impuesto a los IIBB. Se debe hacer aquí una salvedad señalando que en este impuesto distorsivo la situación es peor, dado que el fisco provincial cobra invariablemente aunque la empresa gane o pierda, aunque no así el Estado Nacional con el impuesto, que como su nombre lo indica, va sobre las ganancias, en tanto quien aportó su capital y trabajo, además del riesgo y la iniciativa, corre el riesgo de perder siempre.
Un impuesto contra la competitividad
El impuesto a los Ingresos Brutos (IIBB) es una de las causas de los elevados precios de nuestros productos, que destruye la competitividad de nuestra economía y, a la vez, deteriora la remuneración del trabajo, tanto para el asalariado, el autónomo y, en especial, para el sector informal, que percibe lo que puede en una economía que no crece. Sin embargo, se insiste en sostener su aplicación, y en algunas jurisdicciones se continúan incrementando las tasas que se aplican.
Las provincias lo defienden porque se ha convertido en un mecanismo de cobrar tributos, incluso de manera anticipada, y, muchas veces, en exceso de las mismas tasas de las normas tributarias de cada jurisdicción. Pero, en particular, lo sostienen porque se ha constituido en una de las principales fuentes de recursos fiscales. Este impuesto es una de las causas de los elevados precios de nuestros productos, que destruye la competitividad de nuestra economía y, a la vez, deteriora la remuneración del trabajo, tanto para el asalariado, el autónomo y, en especial, para el sector informal, que percibe lo que puede en una economía que no crece. Sin embargo, se insiste en sostener su aplicación, y en algunas jurisdicciones se continúan incrementando las tasas que se aplican.
Inclusive, en algunos casos se utilizan mecanismos extorsivos para recaudar de manera compulsiva, como son las percepciones y las retenciones. Estos determinan un sistema por el que se paga aun teniendo saldos a favor del contribuyente, dada la enorme complejidad administrativa que implica llevar adelante los trámites para que las empresas queden excluidas.
Vale recordar que el Pacto Fiscal votado en el Congreso en 2017 disponía la reducción paulatina de este tributo, que empezó a ser efectiva a lo largo de 2018 y 2019 con reducción efectiva para los sectores transables del orden del 52% para la industria -manufacturera- en 20 de las 22 provincias. Lamentablemente la contrarreforma impositiva que impulsó la actual administración nacional volvió a permitir los aumentos de Ingresos Brutos en cada provincia.
Daños directos a la producción
Este impuesto cascada determina que cada transacción genere un nuevo aumento de precios, pues las sucesivas fases productivas no pueden obviar ese costo, que se va potenciando. Por eso, conspira contra las exportaciones. Sabemos que no se deben exportar tributos pero es lo que ocurre cuando se utilizan productos, insumos, partes, piezas o mercaderías que están en la cadena de valor de un bien que está destinado a mercados externos: se está restando capacidad competitiva, porque el precio viene engrosado por este tributo que en cada escalón representa un mayor costo.
Otro perjuicio grave de este impuesto es que quita a las empresas capital de trabajo, porque el tributo se cobra anticipadamente en un país sin crédito adecuado. Así el fisco le va restando al empresario cada vez mayor capacidad de utilizar su capital de evolución, que le serviría para producir más. Incluso es el propio Estado el que pierde la posibilidad de recaudar más, porque la esencia para el crecimiento -y luego el desarrollo- es precisamente ir logrando mayores escalas productivas, con costos competitivos, para acceder a más mercados locales y externos porque ambos se complementan y potencian.
Esas partidas de anticipos, retenciones, percepciones constituyen un activo muerto, porque la inflación los va depreciando constantemente, tampoco sirven para que los evaluadores de crédito en los bancos los tengan en cuenta como garantía, porque consideran que es un activo inexistente. En muchos casos, se acumulan saldos ejercicio tras ejercicio, sin que el pago adelantado se pueda aplicar. Es cierto que hay mecanismos para solicitar la exclusión, pero todos son tortuosos meandros burocráticos, que llevan tiempo, costos y, además, en muchos casos determinan la puesta en marcha de inspecciones, que como no tienen plazo para resolver estas cuestiones cuando son contrarias al fisco, se extienden por meses o inclusive años.
Torpemente se pierde capital de trabajo, y la posibilidad de generar más actividad, e incluso recaudación genuina. Es efectivamente un círculo vicioso, que se puede y se debe corregir. De hecho, ya hubo antecedentes de pactos fiscales para reducir este impuesto que es distorsivo y genera pérdida de competitividad para nuestra producción porque determina precios más elevados. Sin embargo, para muchos de nuestros gobernantes sostener y aumentar el gasto en los diversos niveles del Estado es más prioritario que la determinación de generar producción con capitalización de las empresas y mejorar la competitividad, vectores fundamentales del desarrollo.
Conclusiones y propuestas
La eliminación progresiva del impuesto a los ingresos brutos, y su reemplazo por otras fuentes de ingreso a nivel provincial, debe constituirse en un objetivo compartido por todas las fuerzas políticas y actores económicos.
El sector industrial debe bregar para que se retome el compromiso asumido por el Pacto Fiscal del año 2017. Entre tanto, se debería principalmente poder trabajar a nivel de las jurisdicciones par que encaren fehacientemente medidas de ordenamiento tales como:
● Eliminación de percepciones.
● Estandarización de tasas por tipo de actividades.
● Sistematización de los sistemas de retenciones.
● Utilización adecuada del mecanismo previsto del Convenio Multilateral (para evitar la acción de algunos fiscos provinciales que siempre pretenden mejorar su coeficiente de distribución de gastos e ingresos para recaudar más)